Preguntas Frecuentes oficiales de la Manifestación de Valor (Formato E2): aspectos clave que los importadores deben conocer
Se han publicado las preguntas frecuentes oficiales relativas al formato E2 “Manifestación de Valor”, documento esencial dentro del esquema de cumplimiento en materia de valoración aduanera y determinación del valor en aduana.
Este material proporciona criterios interpretativos y operativos relevantes para importadores, responsables de comercio exterior y profesionales del sector, ya que clarifica obligaciones, momentos de transmisión, requisitos documentales y supuestos específicos aplicables a distintas operaciones.
¿Quién está obligado a transmitir la Manifestación de Valor?
La obligación corresponde a quienes introducen mercancías al territorio nacional. La transmisión debe realizarse mediante e.firma o certificados de sello digital a través de la Ventanilla Digital (VUCEM).
¿Cuándo debe transmitirse?
La Manifestación de Valor debe transmitirse antes de efectuar el pago de contribuciones y cuotas compensatorias señaladas en el pedimento. Asimismo, el folio generado debe declararse en el pedimento correspondiente como e-document.
Periodicidad de presentación
La transmisión debe realizarse por cada operación de comercio exterior. En operaciones consolidadas, la Manifestación de Valor se transmite al cierre del pedimento.
Documentación soporte
Al transmitir la Manifestación de Valor debe adjuntarse la documentación disponible que respalde el valor declarado y el método de valoración aplicado, tales como documentos equivalentes, conocimiento de embarque, comprobantes de pago y aquellos señalados en el Reglamento de la Ley Aduanera. La autoridad puede requerir información adicional para verificar la congruencia de los datos declarados.
Elementos técnicos relevantes
El documento oficial precisa criterios operativos importantes. El formato debe llenarse en moneda nacional, considerando como referencia el tipo de cambio publicado el día hábil inmediato anterior. Solo puede registrarse un método de valoración por acuse de valor (COVE). En caso de involucrarse distintos Incoterms en una misma operación, deberá declararse el de mayor impacto monetario. Asimismo, se distingue entre precio pagado (monto ya liquidado) y precio por pagar (saldo pendiente).
Correcciones y modificaciones
Una vez transmitida la Manifestación de Valor, es posible corregir información o incluir documentación de forma espontánea sin sanción, siempre que se realice antes de que la autoridad ejerza facultades de comprobación y, en su caso, mediante la rectificación correspondiente del pedimento.
Cambio relevante en el esquema operativo
Se confirma que la hoja de cálculo del formato E2 utilizada anteriormente dejará de ser aplicable a partir de la obligatoriedad de la transmisión electrónica mediante VUCEM. Este cambio implica que las empresas deberán contar con procesos internos más estructurados para integrar correctamente la información documental y sustentar el valor declarado.
Supuestos especiales y excepciones
Existen casos particulares en los que no se está obligado a declarar la Manifestación de Valor en el pedimento, como determinadas operaciones realizadas por empresas certificadas bajo esquemas específicos o procedimientos simplificados, salvo requerimiento expreso de la autoridad. También se contemplan reglas para operaciones sin pago, tales como donaciones, muestras o investigaciones científicas.
Importancia práctica para los importadores
La Manifestación de Valor no debe considerarse un requisito meramente administrativo. Se trata de un documento técnico que integra elementos comerciales, evidencia documental, datos financieros y fundamentos normativos. Su correcta elaboración permite demostrar que el valor declarado corresponde a una operación real, verificable y jurídicamente sustentada.
Consideración final
El importador puede optar por elaborar directamente su Manifestación de Valor; sin embargo, para ello es indispensable contar con personal competente en materia de valoración aduanera, integración documental y cumplimiento normativo.
Próximamente estaremos dando a conocer nuestras tarifas correspondientes al servicio especializado de elaboración, revisión y validación técnica de Manifestación de Valor.